Se llama ocupas a las personas que entran en una vivienda o un inmueble ajeno y se quedan en él sin permiso de su titular.
Lo que dice la ley depende de cada caso. Si el inmueble es la morada de alguien, el Código Penal habla de allanamiento de morada (artículo 202). Si no constituye morada, puede tratarse de usurpación (artículo 245). Cómo encaja tu situación lo tiene que valorar un abogado.
Lo que sí está en tu mano es poner las cosas difíciles. En Torrevieja y la Vega Baja hay muchas segundas residencias que pasan meses cerradas, y son las que más preocupan. Ayudan un bombín de alta seguridad, un escudo, un cerrojo adicional y unas persianas que no se puedan subir.
Si te encuentras gente dentro, no entres ni fuerces nada: avisa a la policía. Te contamos todo en protección contra ocupas y en vivienda con ocupas.