Abrimos a quien puede acreditar su derecho a entrar en esa vivienda, aunque no sea el titular del contrato o de la escritura. Si ese derecho no está claro, no abrimos.
La pareja que vive en la casa suele poder acreditarlo. El problema aparece con las separaciones: una expareja que ya no vive allí, o un conflicto en el que cada uno dice una cosa. En esos casos no nos toca decidir quién tiene razón, y no abrimos una puerta para que alguien entre contra la voluntad de quien vive dentro.
Si estás en esa situación:
- Habla primero con tu abogado.
- Si hay una resolución judicial sobre el uso de la vivienda, tenla a mano.
- Si temes por tu seguridad, llama a la policía.
Cómo se acredita el derecho a entrar te lo explicamos al llamar. Tienes más información en apertura de puertas.